La Educación

Al Servicio del Pueblo Latino de California

Traductor:

English Español Português Français Deutsch

Alista el INE catálogo de prohibiciones a funcionarios que aspiran a cargos de elección popular

December 14, 2022 - por

Alista el INE catálogo de prohibiciones a funcionarios que aspiran a cargos de elección popular

Las instalaciones del INE en la Ciudad de México. Foto Cristina Rodríguez / Archivo

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) se alista para acotar la actividad político-comicial de los servidores públicos del país, con énfasis en aspirantes a un cargo de representación popular. Mediante un lineamiento que será votado hoy, advierte que los infractores podrían incluso perder el derecho a ser candidatos.

A su vez, señala que las personas que operen programas sociales y “actividades institucionales” no podrán asistir a actos proselitistas en horas hábiles, aun si piden licencia o solicitan que no se les pague el día. Igualmente, su participación en este tipo de eventos no podrá ser “activa o preponderante”.

Precisa que la intervención de servidores públicos en actos relacionados o con motivo de las funciones inherentes al cargo vulnera los principios de imparcialidad y equidad si difunden mensajes que impliquen su pretensión de ocupar un cargo de elección popular; la intención de obtener el voto; favorecer o perjudicar a un partido político, coalición, aspirante, precandidatura o candidatura, o de alguna manera los vincule a los procesos electorales.

En caso de incumplir estas reglas, si bien la norma no incluye sanciones para los funcionarios y sólo se puede dar vista al superior jerárquico, los lineamientos dicen que la autoridad competente deberá determinar, tomando en cuenta el contexto en que se dio la conducta, el impacto en el proceso electoral y, en su caso, la reincidencia del servidor público, “si la conducta realizada por la persona infractora implicó que se apartara del modo honesto de vivir”. Esa pérdida del modo honesto de vivir “tendrá efectos sobre la participación político-electoral de la persona infractora, en los términos que establezca la resolución correspondiente”.

También, se prohíbe a los “servidores de la nación” (de la estructura de los programas sociales) ser representantes partidistas en contiendas electorales o generar la percepción de que los beneficios entregados son atribuidos a una persona o partido, y que su continuidad depende de la permanencia de una opción política.

Igualmente, se regula la difusión de informes de labores, así como la comunicación social y los mensajes de los funcionarios, tanto en las cuentas institucionales como en las personales, lo mismo en redes sociales que en entrevistas a la prensa.

Lo anterior, según el proyecto de “lineamientos para garantizar los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad en materia electoral de las personas servidoras públicas”.

El punto fue incluido en sesión extraordinaria urgente, a realizarse hoy, luego de una sesión previamente programada, por lo que ambas correrán en paralelo a la decisión del Senado respecto a la eventual ratificación de la reforma comicial.

En el orden del día se establece que el punto fue introducido a petición del consejero presidente, Lorenzo Córdova, como un proyecto del INE, “por lo que en ejercicio de la facultad de atracción se emiten los lineamientos (antes citados) en acatamiento a la sentencia dictada” por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Según el proyecto, los gobiernos deberán entregar a la autoridad comicial datos pormenorizados de sus programas vigentes, incluido el padrón de personas beneficiarias, de tal forma que programas fuera de esta lista no podrán ser operados en tiempo de campañas. Tampoco se podrán entregar beneficios en actos masivos ni éstos contener logotipos, colores o frases de algún partido.

Los lineamientos serán para las personas titulares del Poder Ejecutivo en sus tres niveles de gobierno, así como los integrantes de los poderes Legislativo y Judicial, así como de órganos autónomos, incluyendo fiscalías, quienes no podrán manifestarse “en perjuicio de la función electoral, en contra o a favor de una candidatura, partido político o coalición, así como que exalten o demeriten las cualidades de una persona servidora pública o administración gubernamental”.