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Anulan juicio de amparo para suspender conferencias de López-Gatell. Lo pidió la Fundación para la Promoción del Altruismo

July 21, 2020 - por

Anulan juicio de amparo para suspender conferencias de López-Gatell. Lo pidió la Fundación para la Promoción del Altruismo

El subsecretario de Salud, Hugo López-Gatell, durante una de sus conferencias vespertinas. Foto Guillermo Sologuren / archivo

El juzgado séptimo de distrito en materia administrativa del primer circuito anuló el juicio de amparo que promovió la Fundación para la Promoción del Altruismo, para que se suspendieran las conferencias de Hugo López-Gatell, subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, al considerar que se incurrían en omisiones y contradicciones en relación con los actos para enfrentar la pandemia Covid-19.

En el fallo, la juez Laura Gutiérrez de Velasco Romo, argumentó no son ciertos los actos reclamados que consisten en omisiones y contradicciones en que han incurrido en las conferencias diarias sobre el coronavirus en México, respecto a los datos estadísticos de las personas infectadas y fallecidas por esa enfermedad, y en las medidas implementadas para mitigar y controlar los riesgos en la salud; ya que así lo manifestaron dichas autoridades al rendir sus informes justificados.

La juez señaló que el inconforme no aportó pruebas idóneas, ya que las notas o reportajes periodísticos que presentó como argumento no tienen sustento fáctico” En el entendido de que acorde con el criterio de veracidad aplicable al ejercicio de los derechos de libertad de expresión e información, un «sustento fáctico» no es equivalente a la prueba en juicio de los hechos en que se basa la nota, sino a un mínimo estándar de diligencia en la investigación y comprobación de hechos objetivos”.

Y agregó que por el contrario, las estadísticas o datos empleados por las autoridades sanitarias son suministrados por diversas instancias gubernamentales en la materia a nivel estatal y federal, y que las medidas adoptadas para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus derivan de disposiciones de observancia general.

“Entonces, para evidenciar las omisiones o contradicciones alegadas por el quejoso, forzosamente tendría que haber demostrado que toda esa estrategia implementada por el Gobierno Federal, a través de la Secretaría de Salud, para tener informada a la población en general respecto al virus SARS-CoV2 (COVID-19) en México, está falta de probidad, y que es contradictoria por cuanto a los datos que refleja o se representan”, lo que no hizo el demandante.

La impartidora de justicia ya se había pronunciado antes sobre el tema, donde consideró improcedente dicho juicio, en virtud de que la conferencia de prensa constituye el medio de comunicación oficial establecido por el gobierno federal con el fin de informar a la población acerca de la situación que prevalece en el país respecto de la pandemia.

En su momento reiteró que en la conferencia de prensa de López-Gatell se explica de manera gráfica cómo se comporta la pandemia en el mundo, la tasa de letalidad global, transmisión o casos confirmados, la actualización del panorama nacional, la distribución por entidad federativa, por tasa de incidencia acumulada, por grupo de edad, así como las defunciones y otros datos de interés general.