El Ministro que llegó a la Suprema Corte por Calderón, pide que se declare inconstitucional la consulta para enjuiciar a ex presidentes
September 24, 2020 - por SinEmbargo.
Ministro Luis María Aguilar Morales.
Luis María Aguilar Morales, Ministro de la Suprema Corte de justicia de la Nación (SCJN), propuso declarar inconstitucional la solicitud de consulta ciudadana enviada por el Presidente Andrés Manuel López Obrador para abrir la posibilidad de llevar a juicio a los últimos cinco exmandatarios de México.
A través de su cuenta de Twitter, el máximo tribunal del país compartió el proyecto elaborado por el Ministro, quien fue postulado por el expresidente Felipe Calderón Hinojosa para ocupar dicho cargo. Se espera que su planteamiento sea discutido el próximo 1 de octubre.
El documento de 43 páginas, escrito por Luis María Aguilar Morales, abordó cada uno de los puntos que el documento de López Obrador presentó como sustento para enjuiciar a cinco expresidentes.
La inconstitucionalidad se fincó en el artículo 35 constitucional, en su numeral 3, que señala que de que “no podrán ser objeto de consulta popular la restricción de los derechos humanos reconocidos por esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, ni las garantías para su protección”.
Proyecto del ministro Luis María Aguilar sobre la consulta popular 1/2020, que será discutido en la sesión de 1 de octubre.
— Suprema Corte (@SCJN) September 24, 2020
Explicó en su tesis que si bien la participación ciudadana es un derecho humano, le corresponde a la Corte vigilar que el objeto de la consulta sea respetuoso de los principios esenciales de la democracia y de la protección de los derechos humanos y la propuesta de consulta contiene múltiples violaciones constitucionales.
“Dicho de otra manera, la consulta popular no puede tener por objeto —expreso ni implícito— temas que involucren la restricción de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales en los que el Estado mexicano sea parte, así como a las garantías para su protección”, puede leerse en el documento.
Tales derechos, añadió el Ministro, deben ser protegidos por todas las autoridades de este país, aún cuando esos derechos “puedan ser políticamente incómodos o socialmente cuestionables y no pueden restringirse, ni siquiera si la mayoría de las personas que voten en una consulta popular lo estimaran así”.
Otra de las argumentaciones de Luis María Aguilar versó en que ninguna consulta puede condicionar la vigencia de los derechos humanos “a lo que coincidan las mayorías”, ya que por ejemplo, no sería constitucional y no podría llevarse a cabo una consulta al pueblo mexicano para preguntar si está de acuerdo o no con prohibir la esclavitud, ya que esas cuestiones no son consultables.
Sin embargo, en el punto 56 del documento, se recordó que aunque la consulta es inconstitucional desde su origen, hay una obligación de las autoridades de “investigar, perseguir y sancionar los hechos delictivos [y que] no pueden disociarse de los derechos de los que las personas gozan de acceder a la justicia pronta, completa e imparcial, al debido proceso y, en general, al correcto funcionamiento de las instituciones del Estado Mexicano”.
Otro de los planteamientos presentados es que si de realizarse la consulta y el resultado fuera en contra de juzgar a los expresidentes, se daría la orden a las autoridades competentes a no cumplir con sus obligaciones de investigar, perseguir y sancionar los delitos, aun cuando en el futuro aparecieran pruebas que hicieran presumir la responsabilidad penal.