La Educación

Al Servicio del Pueblo Latino de California

Traductor:

English Español Português Français Deutsch

Insuficiente acción del Estado para que indígenas hagan valer sus derechos constitucionales, denuncian organizaciones de derechos humanos

August 12, 2018 - por

Insuficiente acción del Estado para que indígenas hagan valer sus derechos constitucionales, denuncian organizaciones de derechos humanos

El titular de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, Luis Raúl González Pérez, al presentar la Escuela Itinerante de Derechos Humanos de los Pueblos y Comunidades Indígenas.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) señaló que de nada sirve el reconocimiento de los derechos de las personas si éstas los desconocen, así como los mecanismos para hacerlos efectivos o exigir su cumplimiento. Y puso en relieve que el Estado no ha hecho lo suficiente para que las personas indígenas tengan conocimiento amplio y debido de los mismos y de la manera de hacerlos vigentes y defenderlos.

Enfatizó el Organismo Nacional que más allá de las declaraciones meramente discursivas o de las reflexiones teóricas, la defensa y promoción efectiva de los derechos y libertades fundamentales de los pueblos y comunidades indígenas requieren acciones concretas y efectivas que tengan clara repercusión práctica, como la que representa la Escuela Itinerante de Derechos Humanos de los Pueblos y Comunidades Indígenas, surgida como resultado de la concurrencia y voluntad de distintas dependencias, órganos y poderes del Estado mexicano.

Así lo dio a conocer el Ombudsperson nacional, Luis Raúl González Pérez, al presentar ese modelo educativo que tiene como propósito preparar y contribuir en la formación de defensores de derechos humanos, con base en la investigación-acción para incidir y transformar con el apoyo de herramientas tecnológicas para construir y compartir conocimiento en todas las regiones del país. Afirmó que “las hermanas y los hermanos indígenas requieren de defensoras y defensores con capacidad de defensa”.

La itinerancia de la Escuela –explicó—, constituye una de las mayores virtudes, ya que los derechos humanos no son derechos estáticos, sino vivos y en movimiento, por lo cual, a través de la plataforma digital, permite el acercamiento del conocimiento a defensores de derechos humanos ubicados en lugares distantes y la construcción de redes. La Escuela Itinerante llevará los saberes hasta el lugar donde se encuentra el alumno, que no tiene que desplazarse ni erogar gastos, aseguró.

El Ombudsperson nacional puntualizó que se trata de una nueva manera de promover los derechos humanos, ya que la Escuela Itinerante es la primera especializada defensora de los derechos humanos en el mundo para los pueblos indígenas. Es necesaria y su puesta en marcha resultaba impostergable.

En acto efectuado en el edificio Revolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, González Pérez manifestó que la Constitución impone a los servidores públicos los deberes de garantizar, proteger y promover los derechos humanos, y la Escuela Itinerante sirve a dichos propósitos. Los derechos humanos tienen vigencia, dijo, en la medida en que existen defensoras y defensores que los hacen efectivos.

En este acto, el Ombudsperson nacional estuvo acompañado en el presídium por Leticia Bonifaz Alfonzo, Directora General de Estudios, Promoción y Desarrollo de los Derechos Humanos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; Nira Cárdenas, Oficial de las Naciones Unidas; Miguel Ángel Carballido Díaz, Presidente de la Comisión de Asuntos Indígenas de la Comisión Nacional de Tribunales Superiores de Justicia de los Estados Unidos Mexicanos; Eréndira Cruzvillegas Fuentes, Cuarta Visitadora General de la CNDH; Nashieli Ramírez Hernández, Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México; Moisés Robles Cruz, Coordinador General de Educación Intercultural y Bilingüe (CGEIB) de la Secretaría de Educación Pública; y Juan Gregorio Regino, Director General del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI).

Por su parte, Leticia Bonifaz Alfonzo recordó cómo la Suprema Corte acogió entusiasta el proyecto junto con otras dependencias, y destacó su pertinencia, dado que al conocer los resultados de la ENADIS 2017 nos damos cuenta que en cuanto a discriminación indígena tenemos avances muy pequeños. Quisiéramos, dijo, tener resultados más claros, pero eso prueba que falta mucho por hacer; es incomprensible que todavía el color de piel tenga que ver en la vida de un país de población mestiza.

Refirió que en la Corte tienen muchos casos resueltos en beneficio de las comunidades indígenas, pero el ejercicio de la justicia no se da si no se conocen los derechos humanos. Por eso, la conveniencia de la Escuela Itinerante, porque no podemos hablar de los derechos económicos, sociales y culturales cuando se excluye a las personas indígenas. Urge ya no dar pequeños pasos sino grandes saltos para que les lleguen el conocimiento y la justicia.

Nashieli Ramírez reconoció y felicitó a la CNDH por esta iniciativa, y recomendó ponerla en práctica de inmediato para obtener resultados en los próximos cuatro meses. Aunque somos pluriculturales y plurilingües, agregó, somos testigos de un brutal colonialismo que discrimina a las personas indígenas. Felicitó a los creadores del proyecto y recomendó asumir los problemas de los indígenas cuando no se les acerca un traductor, y apoyar estos esfuerzos para lograr protocolos lingüísticos indígenas en el Ministerio Público y la Suprema Corte, con lineamientos homogéneos.

Miguel Ángel Carballido señaló que esta Escuela contribuirá a la formación de promotores y defensores de los pueblos y comunidades indígenas de todo el país. Refirió que como operadores de los Tribunales electorales observan la prevalencia de violencia política hacia las mujeres, los impedimentos que enfrentan para lograr su participación política y la falta de representación proporcional en la vida política de México; por ello, la importancia de abrir espacios de reflexión del respeto a los derechos humanos, ya que una nación sin esos derechos no es una democracia y no hay viabilidad de ninguna sociedad que posibilite un mejor porvenir hacia las personas indígenas.

Nira Cárdenas mencionó que México tiene gran pendiente en el tema de los derechos humanos hacia los pueblos y comunidades indígenas, con especial énfasis en niñas y mujeres indígenas. Destacó la necesidad de garantizarles el acceso a la justicia, ya que han detectado condenas desproporcionadas por los delitos que se les acusa; no tuvieron acceso a traductores; padecen falta de acceso a la salud y reconocimiento a la medicina tradicional, por lo que es necesario acercar los estándares internacionales a los lugares identificados donde se registran mayores violaciones a los derechos humanos y con ello garantizar que sus derechos sean realidad.

Previamente, María Eréndira Cruzvillegas presentó los objetivos de esta Escuela Itinerante y refirió cómo nació el proyecto de promotores de los derechos humanos de los indígenas del país. Se vio la necesidad de contar con procesos permanentes de formación, de generar multiplicadores para no depender de otras instituciones, y se detectó la necesidad de contar con traductores en lenguas indígenas.

Estableció que son ya 24 instituciones gubernamentales y de la sociedad civil las que participan en estos procesos de formación, que se pondrán en marcha en los 9 estados con mayor población indígena, dentro de las cuales se encuentran, además de las ya mencionadas arriba, las comisiones estatales de Quintana Roo, Yucatán, Campeche, Baja California, Chiapas, Oaxaca, Ciudad de México, Veracruz, San Luis Potosí; los Tribunales Superiores de Justicia de Quintana Roo, Veracruz, Chiapas, Ciudad de México, Oaxaca, Yucatán, y el Tribunal Electoral de Oaxaca, así como instancias federales y estatales como la Coordinación General de Educación Intercultural y Bilingüe de la Secretaría de Educación Pública, la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y el Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca.

 De conformidad con lo establecido en los artículos 3, fracción VII, 4 y 129 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP), en correlación con el 3 y 130, penúltimo párrafo de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LFTAIP), los correos electrónicos se consideran registros que documentan el ejercicio de las facultades y funciones de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y, por tanto, constituyen información pública, salvo aquellos casos en los que se actualicen las hipótesis de reserva o confidencialidad de la información establecidas en los artículos 113 y 116 de la LGTAIP, en relación con el 110 y 113 de la LFTAIP.