LAUSD no proporcionó adecuada educación a 66 mil estudiantes con discapacidades durante la instrucción a distancia, reporta el Departamento de Educación
May 3, 2022 - por Educación
El Distrito Escolar Unificado de Los Angeles no proporcionó adecuada educación a 66 mil alumnos con discapacidades durante el aprendizaje remoto. Ahora, se ha comprometido a enmendar esos errores mediante un plan integral, aseguró la Oficina de Derechos Civiles del Departamento de Educación del gobierno federal.
Hizo saber que ha llegado a un acuerdo con LAUSD, siglas en inglés del segundo distrito escolar más grande de Estados Unidos, para satisfacer las necesidades de los estudiantes con discapacidades durante la pandemia de COVID-19.
La dependencia señaló que el distrito recibió dos mil 500 millones de dólares del Plan Americano de Rescate, para apoyar la reapertura segura y sostenida de las escuelas y los esfuerzos de recuperación.
El pacto requiere que el distrito tome medidas para garantizar que los estudiantes con discapacidades reciban servicios educativos, incluidos servicios compensatorios, durante y como resultado de la pandemia de COVID-19.
La Oficina de Derechos Civiles (OCR, siglas en inglés) investigó la provisión del distrito durante la pandemia de la Educación Pública Apropiada Gratuita (FAPE) a la que la ley federal de derechos civiles da derecho a los estudiantes con discapacidades. Encontró que no proporcionó servicios identificados en los Programas de Educación Individualizada (IEP) de los estudiantes y los planes de la Sección 504 durante el aprendizaje remoto.
OCR encontró que durante el aprendizaje remoto, LAUSD:
* Limitó los servicios proporcionados a los estudiantes con discapacidades en función de consideraciones distintas a las necesidades educativas individuales de los estudiantes.
* No realizó un seguimiento preciso o suficiente de los servicios prestados a los estudiantes con discapacidades.
*Ordenó a los proveedores de servicios del distrito que incluyeran los intentos de comunicarse con los estudiantes y los padres, incluidos los correos electrónicos y las llamadas telefónicas, como la prestación de servicios, documentando tales en los estudiantes. registros de servicio.
*Informó al personal que el distrito no era responsable de proporcionar educación compensatoria a los estudiantes con discapacidades que no recibieron FAPE durante el período de cierre de la escuela COVID-19 porque el distrito no tuvo la culpa del cierre.
*No desarrolló e implementó un plan adecuado para remediar los casos en que a los estudiantes con discapacidades no se les proporcionó un FAPE durante el aprendizaje remoto.
El Departamento de Educación señaló que LAUSD acordó resolver estas violaciones mediante la creación e implementación de un plan integral para abordar las necesidades de educación compensatoria de los estudiantes con discapacidades debido a la pandemia de COVID-19.
“La resolución de hoy asegurará que los más de 66,000 estudiantes con discapacidades de LAUSD reciban el acceso igualitario a la educación a la que la ley federal de derechos civiles les da derecho. , incluida la educación compensatoria para cualquier servicio que el distrito no haya proporcionado durante la pandemia de COVID-19”, dijo la Subsecretaria de Derechos Civiles Catherine E. Lhamon.
Agradeció el compromiso del distrito para satisfacer las necesidades de sus estudiantes con discapacidades.
A través de la implementación del acuerdo de resolución, LAUSD realizará lo siguiente:
*Va a desarrollar e implementar un plan para evaluar adecuadamente y proporcionar educación compensatoria a los estudiantes con discapacidades que no recibieron una FAPE durante la pandemia de COVID-19.
*Designará a un administrador del plan para implementar el plan de evaluación de la educación compensatoria.
*Convocará a los equipos del IEP y de la Sección 504 para determinar si a los estudiantes no se les proporcionó la educación regular o especial y las ayudas y servicios relacionados diseñados para satisfacer sus necesidades individuales durante aprendizaje remoto y determinación de la educación compensatoria.
*Dará seguimiento e informar a OCR la implementación del plan de educación compensatoria. Y
*Llevará a cabo actividades de divulgación a los padres, tutores, estudiantes y otras partes interesadas para dar a conocer el plan de educación compensatoria y las funciones del administrador del plan y el defensor del pueblo independiente.
El Departamento de Educación indicó que desde el comienzo de la Administración Biden fue prioritario reabrir las escuelas de manera rápida y segura, y garantizar que todos los estudiantes, incluidos los que tienen discapacidades, tuvieran igual acceso a una educación de alta calidad durante la pandemia de COVID.
Indicó que el Departamento precisó que los estudiantes aprenden mejor en persona y que los estados y distritos deberían usar los 130 mil millones de dólares en las escuela primaria y secundaria de los Fondos de Ayuda de Emergencia (ESSER) del Plan de Rescate Estadounidense. También subrayó la importancia de apoyar a los estudiantes con discapacidades y otras comunidades de manera desproporcionada. impactado durante el cambio al aprendizaje remoto.
Como parte de estos esfuerzos, la OCR a principios de este año publicó una hoja informativa sobre la obligación de proporcionar servicios compensatorios para remediar los déficits educativos o de otro tipo que resultan de los estudiantes. con discapacidades que no reciben evaluaciones o servicios a los que tenían derecho durante la pandemia de COVID-19. Del mismo modo, la Oficina de Educación Especial y Servicios de Rehabilitación del Departamento publicó una guía que aborda el requisito de proporcionar servicios compensatorios bajo las Personas con Ley de Educación para Discapacidades (IDEA).
Además, la Oficina de Educación Primaria y Secundaria del Departamento publicó en diciembre un recurso centrado en los usos permitidos de los fondos bajo ESSER y GEER (el Alivio de Educación de Emergencia del Gobernador) fondo) para prevenir, prepararse y responder a la pandemia de COVID-19.
Las preguntas frecuentes destacan específicamente:
1.- Proporcionar servicios educativos y relacionados bajo la Sección 504, incluyendo, pero no limitado a, proporcionar instrucción y servicios adicionales a estudiantes con discapacidades, a menudo denominados servicios compensatorios, para compensar cualquier habilidad que podría haberse perdido si se determina individualmente que el el estudiante no pudo recibir una FAPE como resultado del cierre de la escuela u otra interrupción de COVID.
2.- Apoyar a los estudiantes con discapacidades bajo la IDEA, incluso por eliminar los retrasos en la evaluación y proporcionar apoyo y servicios directos, como asistencia técnica, preparación del personal y desarrollo profesional y capacitación.