Pensiones del IMSS e ISSSTE se depositarán en noviembre; consulta CALENDARIO completo
October 28, 2024 - por SinEmbargo.
Las y los adultos mayores que disfrutan pensiones con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y con el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE) recibirán triple depósito para este mes de noviembre.
Este pago extra es una combinación del depósito habitual, el aguinaldo y, en algunos casos, el apoyo de la Pensión Bienestar para Adultos Mayores.
¿QUIÉNES RECIBIRÁN TRIPLE PAGO EN NOVIEMBRE?
Este beneficio no aplica para todos los pensionados. Únicamente los beneficiarios en la Pensión IMSS con la modalidad por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez, los cuales están bajo el amparo de la Ley del Seguro Social de 1973, recibirán un aumento en el pago de aguinaldo de este año.
Sin embargo, las y los pensionados bajo la Ley del Seguro Social de 1997 (Ley del 97), es decir, quienes se dieron de alta en el IMSS después del 1 de julio de 1997, no recibirán aguinaldo, pues no es algo contemplado en dicha legislación.
FECHAS DE PAGO PARA PENSIONADOS DEL IMSSS
Los pensionados del IMSS que califican para el pago triple recibirán sus depósitos en tres partes:
-Pago de pensión: Este depósito mensual se realizará el viernes 1 de noviembre.
-Aguinaldo: La primera parte del aguinaldo será depositada en la primera quincena de noviembre.
ISSSTE: FECHAS Y DETALLES DEL PAGO TRIPLE PARA PENSIONADOS
En el caso de los pensionados del ISSSTE, el triple pago incluirá:
-Pago de pensión: las y los adultos mayores cobrarán la pensión del mes de noviembre el jueves 31 de octubre.
-Primera parte del aguinaldo: que se entregará en la primera quincena de noviembre.
-Pensión Bienestar para Adultos Mayores: para aquellos inscritos, bajo las mismas fechas y condiciones descritas para el IMSS.
¿CÓMO INICIAR TRÁMITE DE PENSIÓN?
Para indicar el trámite de pensión ante el IMSS, puedes acudir a la ventanilla de prestaciones económicas de tu Unidad de Medicina Familiar (UMF) más cercana. Encontrarás en el siguiente enlace la documentación requerida: Solicitud de pensión de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez
El derechohabiente debe considerar que para tramitar su pensión, al amparo del Régimen de la Ley del Seguro Social 1973, debe tener 65 años al momento de presentar su solicitud de pensión. Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social. Tener registradas ante el IMSS, como mínimo, 500 semanas de cotización. Haber cotizado antes del 1 de julio de 1997 y encontrarse dentro del período de conservación de derechos, que será igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales, contando a partir de la fecha de su baja.
En cambio, al amparo del Régimen de la Ley del Seguro Social 1997: Debe tener 65 años al momento de presentar su solicitud de pensión. Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social. Tener registradas ante el IMSS, como mínimo, mil 250 semanas de cotización.