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Videos: Otra vez Doble NO Circula CAMe activa de nuevo la contingencia ambiental en Valle de México por onda de calor

May 25, 2024 - por

Videos: Otra vez Doble NO Circula CAMe activa de nuevo la contingencia ambiental en Valle de México por onda de calor


La alerta se había activado el miércoles pasado y cesó el viernes por la noche, pero apenas unas horas después se volvió a activar la Fase 1 por ozono en el Valle de México, que ha sido golpeado con su undécima contingencia en lo que va del año.


La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) activó este sábado por la tarde la Fase 1 de la contingencia ambiental por ozono, ante la alta contaminación, en la Zona Metropolitana del Valle de México, menos de 24 horas después de haberla desactivado. Se trata de la undécima declaración de este tipo en el año, ante las olas de calor.

La CAMe explicó que la emergencia se debe a que a las 14:00 horas del día de hoy, se registró una concentración máxima de ozono de 174 ppb en la estación UAM Xochimilco (UAX), ubicada en la Alcaldía Xochimilco en la  Ciudad de México. El doble Hoy No Circula aplicará desde el domingo.

“El sistema de alta presión que ayer se debilitó y que permitió la desactivación de la contingencia ambiental, se ha fortalecido en el transcurso del día de hoy, así como su estabilidad atmosférica asociada, la cual presentó intensidad fuerte a partir del mediodía, además de provocar temperaturas superiores a los 30°C  e intensa radiación solar sobre el Valle de México. Estos elementos, junto con el viento débil y de dirección variable, propició el estancamiento de los contaminantes y la formación de ozono, alcanzando concentraciones de Muy Mala calidad del aire”, informó la dependencia en un comunicado.

EL DOBLE “HOY NO CIRCULA”

Mañana domingo 26 de mayo, deberán suspender su circulación, en horario de las 5:00 a las 22:00 horas:

-Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.

-Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea  2, 4, 6, 8 y 0.

-Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado  verde, terminación de placa  1 y 2

-Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.

-Restricción a la circulación del 50 por ciento de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques   estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea PAR.

-Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00   horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de  Autorregulación de la CdMx o del Edomex.

-Los taxis con holograma de verificación  “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos 1), 2), y 3), les aplicará  la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

RECOMENDACIONES

Se recuerda a la población mantenerse informados sobre la calidad del aire, debido a que nos encontramos en la tercera onda de calor, por lo que las recomendaciones de salud son muy importantes para evitar exponerse a los picos de contaminación entre las 13:00 y 19:00 horasen especial para los infantes, adultos mayores, mujeres embarazadas y personas con enfermedades respiratorias y cardiovasculares.

-Evitar hacer actividades cívicas, culturales y de recreo, así como evitar hacer ejercicio al aire libre entre las 13:00 y 19:00 horas.

-Suspender cualquier actividad al aire libre, organizada por instituciones públicas o privadas, en horario comprendido entre las 13:00 y las 19:00 horas.

-Se recomienda posponer los eventos al aire libre, deportivos, culturales o espectáculos masivos, programados entre las 13:00 y las 19:00 horas.

-Se recomienda no fumar, especialmente en espacios cerrados.

EXENCIONES

-Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.

-Vehículos que porten holograma “00” o “0” vigente, cualquiera que sea su uso, sin importar la entidad federativa donde estén matriculados, podrán circular si cuentan con engomado diferente al color verde y terminación de placa 1 y 2.

-Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica.

-Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población.

Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.

-Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.

-Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.

-Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.

-Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).

-Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.

-Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.

-Las motocicletas están exentas de la Fase I.

RESTRICCIONES DE LA INDUSTRIA

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Una densa capa de contaminantes cubre los diferentes puntos de la capital del país. Foto: Rogelio Morales, Cuartoscuro.

-Las fuentes fijas de la industria manufacturera de competencia federal o local que tengan procesos que generen precursores de ozono, reducirán el 40 por ciento de sus emisiones de precursores de ozono, además deberán suspender las actividades de mantenimiento, limpieza y desengrase que generen emisiones fugitivas de COV.

-La Refinería “Miguel Hidalgo” de Tula, Hidalgo, no operará a más del 75 por ciento de capacidad del total de proceso, disminuyendo la capacidad de combustión en calentadores a fuego directo y calderas en plantas de proceso y fuerza.

-Reducción del 30 por ciento del consumo de combustóleo en la Central Termoeléctrica “Francisco Pérez Ríos” en Tula, Hidalgo.

-Suspender las actividades de combustión relacionadas con la cocción de ladrillo, cerámica y fundición en hornos artesanales.

RESTRICCIONES EN SERVICIOS

-Suspender las actividades que generen emisiones fugitivas al aire por uso de solventes y recubrimientos en los comercios y servicios (ejemplo uso de thinner, aguarrás, pintura, laca, barniz, tinta u otro tipo de recubrimiento base solvente)

-Suspender actividades en los establecimientos que utilicen como combustible leña o carbón y que no cuenten con equipo de control de emisiones.

-Suspender actividades en el 20 por ciento de las estaciones de carburación, excepto las que cuenten con válvulas de desconexión seca, según corresponda a la integración de los grupos determinada por ASEA. Aplica Fase I para Grupo 4.

-Suspender actividades en el 20 por ciento de las plantas de distribución de gas L.P., excepto las que cuenten con válvulas de desconexión seca para el trasvase de combustible, llenado de autotanques y llenado de cilindros, según corresponda a la integración de los grupos determinada por ASEA. Aplica Fase I para Grupo 4.

-Suspender las labores de mantenimiento, reparación y trasvasado, que impliquen liberación de hidrocarburos a la atmósfera, con excepción de las realizadas en caso de emergencia o accidente en las plantas de almacenamiento de GLP  y petrolíferos

-Suspender la operación de las estaciones de servicio (gasolineras) en un 20%, excepto las que cuenten con el sistema de recuperación de vapores, con una eficiencia mínima del 90 por ciento, conforme al último dictamen de operación vigente y a la integración de los grupos determinada por ASEA. Aplica Fase I para Grupo 4.

Reducir en un 50 por ciento la operación de las calderas que no cuenten con sistemas de control de emisiones de precursores de ozono en los comercios y servicios, con excepción de hospitales